Descripción General: Conceptos susceptibles de ayuda

Fondo Europeo de desarrollo Regional

Las ayudas se destinarán a cubrir los costes relacionados con el desarrollo y ejecución de las actividades para las que hayan sido concedidas, en los términos previstos en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Los gastos subvencionables se encuentran regulados en el artículo 20 de la Orden de Bases reguladoras de estas ayudas, establecidas por la Orden ETD/806/2022, de 26 de julio. En el Anexo 2 de la convocatoria de estas ayudas se recogen instrucciones sobre los conceptos financiables.

En todo caso, los costes subvencionables computarán desde el momento de la fecha de inicio del proyecto, no pudiendo esta ser anterior a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.