Preguntas frecuentes

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Preguntas frecuentes de: Resolución de concesión

¿Cuál es el procedimiento a seguir una vez se ha presentado la solicitud?

La Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información, sobre la base del informe de la Comisión de evaluación, formulará la propuesta de resolución provisional que será publicada en el Portal de Ayudas del Ministerio    desde este portal, los interesados tras identificarse electrónicamente de forma segura, podrán consultar las Propuestas de Resolución Provisional y Definitiva, así como las propias resoluciones de concesión.

Tras publicarse la Propuesta de Resolución Provisional, el solicitante deberá de comprobar si en ésta tiene un requerimiento de documentación, ya que en el caso de no aportar la documentación que se señale en el plazo de 10 días se entenderá que desiste de su  solicitud.

¿Y si no se está conforme con la Propuesta de Resolución Provisional?

La entidad deberá formular las alegaciones que considere oportunas en un plazo de 10 días a partir de la publicación de la propuesta de resolución provisional en el Portal de Ayudas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

https://sede.minetur.gob.es

En los casos de proyectos en Cooperación dichas alegaciones se deberán canalizar a través del coordinador del proyecto.

Si transcurren esos 10 días sin que se presente alegación alguna, se entenderá que el beneficiario otorga su aceptación.

Una vez recibida la notificación provisional de Concesión de Ayuda y formuladas las alegaciones oportunas ¿Cómo saber si éstas han sido o no aceptadas?
Examinadas las alegaciones, se formulará la Propuesta de Resolución Definitiva en la que se incluirán los proyectos cuyas las alegaciones hayan sido aceptadas. Ésta será publicadas en  el Portal de Ayudas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio  https://sede.minetur.gob.es  y notificada a los solicitantes para que se proceda a su aceptación que se realizará en el plazo de diez días.
[04]. ¿Cómo se puede saber la situación de una solicitud, si el proyecto presentado no aparece en el listado?
Las propuestas de resolución provisional y definitiva publicadas en la página Web del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio recogen todos los proyectos evaluados. Las resoluciones de concesión y denegación contienen además los proyectos inadmitidos y desistidos. Asimismo siempre se puede consultar el estado de la solicitud desde la página
https://sede.minetur.gob.es , en el apartado Estado de Tramitación del Expediente.
Una vez aprobado el proyecto, ¿se pueden realizar modificaciones del mismo?

Sí, siempre y cuando tales modificaciones debidamente justificadas sean solicitadas a través del registro electrónico (desde la consulta de la Resolución de Concesión), hasta un mes antes de la finalización del plazo de ejecución del proyecto. Las solicitudes de modificación serán resueltas favorable o desfavorablemente por el órgano instructor y comunicadas al beneficiario.

No obstante, en casos debidamente justificados se podrán realizar sin necesidad de autorización previa incrementos de hasta un 20 por ciento en los conceptos susceptibles de ayuda y que figuren en la resolución de concesión, compensables con disminuciones de otros, siempre que no se altere el importe total de la subvención y se compruebe que permiten la consecución o mejora de los objetivos previstos en el proyecto, sin necesidad de modificar la resolución de concesión.

No será necesario solicitar autorización para los traspasos entre anualidades para un mismo concepto financiado ni para el cumplimiento de las condiciones especificas para cada anualidad en la formación de los alumnos.