Descripción General

Beneficiarios

Fondo Europeo de desarrollo Regional

Las Universidades, tanto públicas como privadas que dispongan de un establecimiento permanente en España y que se definan como tales en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, siempre que reúnan los requisitos y se ajusten a las condiciones exigidas en las bases reguladoras y la convocatoria y la normativa aplicable.

Para optar a la ayuda, y sin perjuicio de la participación en el mismo de otras entidades, las potenciales beneficiarias de las ayudas deberán suscribir un convenio con, al menos, una Entidad del Sector Productivo que se comprometa fehacientemente a realizar una aportación de fondos para la continuidad de la cátedra. La formalización del convenio deberá realizarse con anterioridad a que la beneficiaria de las ayudas justifique la subvención recibida.