Solicitudes: Presentación de solicitudes

Fondo Europeo de desarrollo Regional

Plazo de presentación de solicitudes: desde el 02/02/2023 hasta el 02/03/2023

El plazo de presentación de solicitudes se amplía hasta el 9 de marzo de 2023 a las 23:59h [PDF]

Enlace a la sede electrónica para cumplimentar el formulario: Presentación de solicitudes

Para poder acceder a las ayudas Cátedras ENIA 2022 el solicitante ha que cumplimentar un formulario, adjuntando todos los documentos necesarios, y realizar su envío telemáticamente mediante certificado digital.

Se recomienda descargar la guía de solicitudes de CÁTEDRAS ENIA 2022 [PDF].

La solicitud de la ayuda es un trámite que requiere de cierta dedicación. Aconsejamos preparar con cierta antelación los datos y documentación (memoria, poderes, etc.) que los solicitantes deben aportar para tramitar la presentación de la solicitud, así como plantear las dudas que puedan surgir a través del buzón catedrasenia@economia.gob.es

Sobre las diferencias entre universidades públicas y privadas a efectos de presentación de solicitudes:

Cada universidad podrá presentar solicitudes a una única cátedra y, por tanto, a un único subprograma y una única área temática.

Universidad Pública: una solicitud con todas las actuaciones.

Se financia hasta el 100% de los costes marginales, incluyendo actuaciones de formación.

Universidad Privada: entre dos y cuatro solicitudes, con planes de actuación de investigación y de difusión de resultados.

Se financian los costes totales con la siguiente intensidad de ayuda:

  • Investigación fundamental financiado al 100%.
  • Investigación industrial al 80% máximo (depende del tamaño y tipo de beneficiario).
  • Desarrollo experimental al 60% máximo (depende del tamaño y tipo de beneficiario).
  • Difusión de resultados sin restricción de acceso a dichos resultados financiado al 100%.

En el caso de las universidades privadas el motivo por el que se exige la presentación de los planes de actuación por separado es que se trata de actividades con distintas intensidades de financiación. Se considerará como una única cátedra financiada para una universidad privada, aquella originada a raíz de las distintas solicitudes que se hayan presentado, con planes de actuación de actividades de investigación y de difusión de resultados, según se describe en el apartado undécimo de la convocatoria.

En este caso, las ayudas no pueden financiar actuaciones de formación. La intensidad máxima de ayuda en el resto de las actuaciones (investigación fundamental, industrial y/o diseño experimental) se calcula en función del tamaño de la empresa y tipo de investigación y está limitada por el Reglamento (UE) 651/2014 de exención por categorías (RGEC): EUR-Lex - 32014R0651 - EN - EUR-Lex (europa.eu).

Sobre la financiación del proyecto:

  • El fin de las actuaciones financiadas por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se producirá el 31 de diciembre de 2025.
  • Es requisito continuar las actuaciones, como mínimo hasta el 31 de diciembre de 2026 siendo financiadas en este ejercicio en su totalidad por fondos propios correspondientes a la cátedra. Por tanto, se deberá justificar dicha aplicación (gasto) de fondos propios por parte de la cátedra, que deberá ser de, al menos, un tercio del valor total de la ayuda concedida, en virtud del apartado cuarto de la convocatoria.
  • La aportación mínima requerida a la entidad del sector productivo obligatoria en la cátedra universidad-empresa (25% del proyecto, de 2023 a 2026) se aporta a los fondos de la cátedra en el momento que convengan y se usaría para cubrir los gastos generados por la cátedra en el año 2026.
  • Otras entidades podrán aportar financiación para cubrir los gastos no subvencionables por esta convocatoria o para asegurar la continuidad de la cátedra en el año 2027 y sucesivos:
    • Las aportaciones de otras entidades servirían para pagos de los gastos en los que incurra el beneficiario en el caso de no financiarse al 100% el periodo comprendido del 2023 al 2025.
    • Los gastos del cuarto año (2026), aunque no se financien, deben tener naturaleza y adecuación como subvencionables, es decir, que tienen sentido y razón dentro de la Cátedra. Esto será objeto de evaluación en el criterio correspondiente.

Sobre la documentación a adjuntar:

  • Tarjeta de identificación fiscal del solicitante (universidad) y resto de entidades participantes.
  • Acreditación válida del poder del firmante de la solicitud de ayuda.
  • Declaración Responsable Do Not Significant Harm (DNSH) (sólo entidad solicitante).
  • Declaración de ausencia de conflicto de intereses obligatorio tanto para el representante de la entidad solicitante como del resto de entidades colaboradoras de la Cátedra.
  • Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del PRTR (sólo entidad solicitante).
  • Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del PRTR (sólo entidad solicitante).
  • Memoria de las cuentas anuales del ejercicio 2019.
  • Memoria de las cuentas anuales del ejercicio 2020.
  • Memoria de las cuentas anuales del ejercicio 2021.
  • Plan de actuación.
  • Memoria Excelencia Científica y docente de la entidad y de su equipo investigador.
  • Memoria de Calidad Científica.
  • Memoria de Calidad de las acciones de formación y difusión de las propuestas.
  • Memoria de impacto.
  • Memoria del cumplimiento de reglamento (UE) 2016/679, General de Protección de Datos.
  • Acuerdo Privado elevado a escritura pública o convenio administrativo de creación de la cátedra Universidad -Empresa.
  • Plan de sostenibilidad de la cátedra.
  • Memoria del Efecto incentivador de la ayuda (sólo grandes universidades privadas).
  • Compromiso a sometimiento de actuaciones de comprobación y control.
  • Acreditación de la capacidad de representación de los firmantes de las declaraciones de ausencia de conflicto del resto de las entidades participantes en la cátedra propuesta.
  • Solicitud de Ayuda con firma mancomunada (en el caso de que la presentación de la solicitud así lo requiera, de acuerdo con la acreditación de poder presentada).
  • Certificado de terceros (opcional).
  • Modelo 303 de declaración de IVA (opcional).
  • Guía de ayuda para cumplimentar los documentos adjuntos a la solicitud CÁTEDRAS ENIA 2022 [PDF]
  • Plantillas rellenables:

    Enlace a la sede electrónica para cumplimentar el formulario: Presentación de solicitudes

    Sobre Firma y Envío de la Solicitud

    En el caso de que la presentación de esta solicitud de ayuda requiera firma mancomunada de dos o más representantes, antes de pasar a la pestaña FIRMAR Y ENVIAR debe haber adjuntado el documento “Solicitud de Ayuda con firma mancomunada” en la pestaña DOCUMENTACIÓN. Dicho documento deberá haber sido firmado previamente por todos los representantes mancomunados siguiendo las instrucciones siguientes:

    1. Validar en el menú VALIDAR, que la solicitud cumplimentada no contiene errores.
    2. Descargar el documento PDF de la solicitud sin la marca de agua “BORRADOR”: El documento con la solicitud completa que deben firmar los representantes se obtendrá de la propia aplicación en el apartado siguiente:

      Solicitud -> Pestaña 1.1 -> Epígrafe “DATOS DEL SEGUNDO REPRESENTANTE EN CASO DE REPRESENTACIÓN MACOMUNADA”. Es importante reseñar que el fichero PDF descargado no tendrá la marca de agua “borrador".

    3. El documento descargado deberá firmarse mediante la aplicación AUTOFIRMA por todos los representantes de forma consecutiva, es decir, lo firmará un representante y, a continuación, ese documento firmado lo debe firmar el siguiente representante, también con AUTOFIRMA. No es necesario que estas firmas se realicen en el mismo ordenador.
    4. Cuando el PDF haya sido firmado por todos los representantes se generará, desde AUTOFIRMA, el fichero en formato XSIG. Para ello, es importante que se configure la herramienta AUTOFIRMA para obtener el fichero con extensión ".XSIG", al contrario del resto de documentación adjunta, que tiene formato PDF.
    5. El fichero XSIG generado se adjuntará como “Solicitud de ayuda con firma mancomunada” junto con el resto de documentación exigida.

    Les recordamos que la insuficiente capacidad de representación en el momento de realizar la solicitud no es subsanable.

    Una vez validada (cuando no quede pendiente ninguna línea de error en el paso de validación que impida enviarla) y adjuntada toda la documentación necesaria, debe acceder a la última pestaña (FIRMAR Y ENVIAR) y pulsar en el botón ENVIAR. Es el último paso. La solicitud y cuestionario se firmarán mediante el certificado electrónico del representante de la entidad que consta en el formulario como representante legal, tal y como indican los términos que establece el artículo 22 de la orden de bases que regula la presente convocatoria.

    Tras la firma y envío, si el proceso se ha completado correctamente, la aplicación generará un justificante de presentación en registro.

    La falta de capacidad de representación por parte del firmante de la solicitud, en el momento de su presentación no es subsanable.

    En caso de representación mancomunada sólo debe firmar la solicitud uno de los representantes y adjuntar en el apartado documentación el documento "Solicitud de ayuda con firma mancomunada" firmado por todos y cada uno de los representantes mancomunados.

    Aportación de información adicional sobre solicitudes ya presentadas (durante el plazo de solicitud)

    Les recordamos que mientras permanezca abierto el plazo de solicitud, si desean aportar documentación o información adicional a una solicitud ya presentada (es decir, firmada y enviada) pueden hacerlo mediante el trámite “Instancia Genérica”, que encontrará disponible en el apartado “Servicios Comunes”, de la Sede Electrónica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

    Para agilizar la recepción de la información, les recomendamos que en el campo “expone” del formulario hagan constar claramente: CÁTEDRAS ENIA - S.G. de Inteligencia Artificial y Tecnologías Habilitadoras Digitales.

    Les recordamos que está opción sólo está habilitada para la mejora o modificación de una solicitud ya presentada, en ningún caso será válida la presentación de una solicitud mediante este trámite (Art. 22.1 de la Orden de bases).

    Información sobre el tratamiento de protección de datos:

    Información Protección Datos [PDF] [96 KB]