Preguntas Frecuentes

AVISO: Estas FAQs tienen un carácter informativo con el fin de facilitar el entendimiento de las principales condiciones de participación y no sustituyen a lo establecido en las Bases Reguladoras y a la convocatoria de ayudas. En caso de contradicciones entre este documento y aquellos, prevalecerá lo establecido en las Bases Reguladoras y la Convocatoria.

¿Qué tipo de entidades pueden solicitar estas ayudas?

La convocatoria de ayudas está dirigida a empresas (públicas o privadas), asociaciones de empresas y organismos de investigación y difusión de conocimiento.

El beneficiario, que será una única entidad, deberá poseer personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en la UE y, adicionalmente, establecimiento o sucursal ubicado en territorio español.

SÍ podrán ser beneficiarios de esta convocatoria empresas públicas, siempre que cumplan con todos los requisitos y obligaciones exigidos en las bases reguladoras.

Sin embargo, NO podrán presentarse a esta convocatoria ninguna administración pública estatal, autonómica o local.

TAMPOCO podrán presentarse UTEs, consorcios, o cualquier otra entidad que no disponga de personalidad jurídica propia.

¿Qué se entiende por Organismo de Investigación y Difusión de conocimiento?

A los efectos de esta convocatoria, tendrá la consideración de Organismo de Investigación y Difusión de conocimiento “toda entidad (por ejemplo, universidades o centros de investigación, organismos de transferencia de tecnología, intermediarios de innovación o entidades colaborativas reales o virtuales orientadas a la investigación), independientemente de su personalidad jurídica (de Derecho público o privado) o su forma de financiación, cuyo principal objetivo sea realizar de manera independiente investigación fundamental, investigación industrial o desarrollo experimental o difundir ampliamente los resultados de estas actividades mediante la enseñanza, la publicación o la transferencia de conocimientos; cuando una entidad de este tipo lleve a cabo también actividades económicas, la financiación, los costes y los ingresos de dichas actividades deberán contabilizarse por separado; las empresas que puedan ejercer una influencia decisiva en dichas entidades, por ejemplo, en calidad de accionistas o miembros, podrán no gozar de acceso preferente a los resultados que genere”, de acuerdo a la definición establecida en el apartado 83) del Artículo 2 del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Reglamento General de Exención por Categorías).

¿A qué sectores se dirigen las ayudas?

Estas ayudas están dirigidas a cualquier sector de actividad, a excepción del sector Turismo.


¿Cuál es el plazo de ejecución de los proyectos?

Los proyectos deberán completar su ejecución antes del 31 de Diciembre de 2025.

Se podrán imputar costes desde el momento de presentación de la solicitud.


¿Qué roles pueden desempeñar las entidades interesadas?

Se identifican los siguientes roles para la participación en los proyectos subvencionados:

  • Promotores (beneficiarias): entidades interesadas en recibir la ayuda que pueden presentar un proyecto individual, viable técnicamente y sostenible financieramente, para poner en marcha un demostrador o para desplegar y explotar un caso de uso de negocio real.
  • Participantes (no beneficiarias): Entidades que participan en los demostradores o casos de uso compartiendo datos, formando parte de los ecosistemas de compartición de datos (tenedores de datos, consumidores, intermediarios), que realizan transacciones en ellos y que son captadas por los beneficiarios en los demostradores y los promotores de casos de uso que vayan a desarrollar con la ayuda recibida.

¿Cómo pueden participar las entidades en la convocatoria?

Las entidades interesadas en el programa pueden:

  • Colectivamente: asociarse por sector / caso de uso y constituir una entidad jurídica (promotor) que será la solicitante y beneficiaria de la ayuda, y que desarrolle para los asociados y terceros interesados, o bien el centro demostrador o bien el caso de uso en explotación.
  • Individualmente:
    • Convertirse en promotor de un centro demostrador o caso de uso, siendo beneficiario de la ayuda.
    • Convertirse en participante, solicitando participar en cualquier caso de uso o demostrador como participante para realizar compartición de datos efectiva. En este caso no sería beneficiario de la ayuda, pero podrá hacer uso de las infraestructuras y formar parte del ecosistema de compartición de datos.

¿Cuáles son las intensidades máximas de las ayudas?

Las intensidades máximas de las ayudas vienen determinadas por el Reglamento General de Exención por Categorías (Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión):

INTENSIDADES BRUTAS MÁXIMAS DE AYUDAS EN FORMA DE SUBVENCIÓN A LOS BENEFICIARIOS

Empresas no PYME Medianas empresas Pequeñas empresas
Hasta el 40% del coste subvencionable del proyecto Hasta el 50% del coste subvencionable del proyecto Hasta el 60% del coste subvencionable del proyecto

Los valores de esta tabla son de aplicación a cualquier tipo de empresa (pública o privada), asociaciones de empresas y a los organismos privados de investigación y difusión de conocimiento, en función del tamaño de la entidad.

Como única excepción a esta tabla, a los organismos públicos de investigación y difusión se les otorgará un 100% de intensidad de ayuda.

¿Cuáles serán los gastos subvencionables?

Según se describe en el anexo IV de las bases reguladoras, los gastos financiables serán los correspondientes a las siguientes categorías:

  • Gastos de personal, que incluye tanto personal propio dedicado al proyecto, como personal autónomo socio de la empresa o personal autónomo económicamente dependiente.
  • Costes de instrumental y material inventariable, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto. Dentro de esta categoría se encuentran los siguientes elementos:
    • Amortización de equipamiento hardware o software durante el periodo de ejecución del proyecto.
    • Arrendamiento financiero de equipamiento.
  • Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes, entre los que se encuentran los siguientes elementos:
    • Subcontratación de servicios a terceros para la realización total o parcial de actividades que constituyan el objeto de la subvención, como servicios de consultoría, desarrollo de software, oficinas de proyecto, etc. Queda fuera de este concepto la contratación de aquellos gastos (como gastos del tipo infraestructura, plataforma o software como servicios) en que tenga que incurrir el beneficiario para la realización por sí mismo de la actividad subvencionada.
    • Patentes.
  • Gastos generales suplementarios derivados directamente del proyecto, entre los que se encuentran:
    • Costes indirectos, que son aquellos que forman parte de los gastos del proyecto, pero que por su naturaleza no se pueden imputar de forma directa al no poder individualizarse. Los costes indirectos serán un 15 por ciento de los costes de personal del proyecto.
    • Gastos de capacitación.
    • Gastos destinados a la protección mediante propiedad industrial de los activos intangibles obtenidos durante el desarrollo del proyecto.
  • Otros gastos de funcionamiento, incluidos costes de material, suministros y productos similares que se deriven directamente de la actividad del proyecto, que contemplan, entre otros conceptos:
    • Servicios de infraestructuras cloud dedicados al proyecto (hosting, Infraestructura como servicio, plataforma como servicio, software como servicio, servicios de comunicaciones).
    • Alquiler y mantenimiento de software.”
¿Existe algún límite en cuanto la subcontratación de actividades?

El porcentaje de subcontratación se calcula como el cociente entre los gastos de subcontratación (que incluye los conceptos que se detallan en la pregunta frecuente anterior) y el presupuesto total subvencionable del proyecto.

Este porcentaje no podrá superar el 50%. En el caso de entidades sujetas a costes marginales, no se podrá subcontratar ninguna actividad.

¿Cuándo se efectuarán los pagos y en qué condiciones?

Los pagos de la ayuda se harán por adelantado tras la resolución de concesión, previa aportación de garantías (aval bancario). Estas garantías serán por un importe del 100% del valor de la ayuda.

¿Cómo se van a seleccionar los proyectos?

Para la selección de proyectos se valorarán una serie de criterios encuadrados en las siguientes categorías:

  • Solución técnica del espacio de datos
  • Ecosistema de participantes (número, características y representatividad de los mismos, modelo de negocio y sostenibilidad, sistema de gobernanza del espacio de datos, …)
  • Completitud y calidad en la definición del proyecto y del presupuesto asociado
  • Criterios sociales: creación de empleo, fomento de empleo femenino
  • Experiencia de los beneficiarios

El proceso de selección de candidaturas también tendrá en cuenta una equilibrada distribución de las ayudas entre los diferentes sectores económicos.

¿Dónde puedo encontrar el Plan de Actuaciones para el despliegue de Espacios de Datos?

El Plan de Actuaciones para el despliegue de Espacios de Datos publicado por la Oficina del Dato puede encontrarse en el siguiente enlace.