Concesión: Trámites posteriores a la concesión

Fondo Europeo de desarrollo Regional

De acuerdo a lo establecido en la Ley 39/2015, de1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas la tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases de cada procedimiento.

Lectura de las comunicaciones y notificaciones

Las comunicaciones y notificaciones serán publicadas en el registro electrónico del Ministerio.

En el momento de publicarse la comunicación o notificación se enviará un mensaje de aviso a la dirección de correo electrónico a efectos de notificación que figure en la solicitud.

Presentación de documentación

La presentación de cualquier solicitud o documentación durante la ejecución del proyecto se realizará se realizará a través de la instancia genérica en la sede electrónica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. En esa dirección se abrirá un formulario genérico que recogerá:

  1. Datos de identificción: Son los datos de la persona con capacidad de representación del beneficiario, y que debe ser la misma que firmó la solicitud de ayuda y su aceptación.
  2. Datos relativos a la notificación. Dirección postal y correo electrónico.
  3. Datos relativos a la solicitud:
    1. Expone. Es un campo de texto libre donde el beneficiario debe indicar nombre de la entidad, NIF de la misma y Título del proyecto.
    2. Solicita: Es un campo de texto libre donde el beneficiario debe indicar su soliditud.
  4. Por último, tras pulsar "Siguiente" se encuentra la opción de anexar documentos. Se anexarán los documentos que se estimen oportunos

Para las solicitudes de autorización:

  • Si es de modificación de la resolución de concesión, pinchar aquí.
  • Si es de autorización previa para la subcontratación, pichar aquí.