Reintegro
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Examinadas las actuaciones, se resuelve el reintegro total o parcial de la ayuda concedida en virtud de lo dispuesto en el Artículo 37 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y en el apartado vigésimo sexto de la Orden PRE/690/2005, de 18 de marzo de 2005.
Resolución
La resolución se notificará al interesado requiriéndole, si procede, para realizar el reintegro correspondiente en el plazo y en la forma que establece el Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.
Fundamento Legal
- Artículo 37 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
- Artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- Real Decreto 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.