Solicitudes: Inadmisión
Aquellas solicitudes presentadas dentro del ámbito de la Resolución de 17 de junio de 2014, (BOE de 23-06-2014) por la que se efectúa la convocatoria de desarrollo de software orientado al entretenimiento para la concesión de ayudas para la realización de proyectos en el marco de la Acción Estratégica de Economía y Sociedad Digital que, a juicio del órgano instructor, no reúnan los requisitos exigidos en la misma, así como los establecidos en la Orden ITC/786/2013, de 7 de mayo por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas, se considerarán inválidas y no se admitirán a trámite ni se evaluarán.
Los solicitantes pueden acceder a la comunicación individual correspondiente a su expediente a través del registro electrónico, del modo previsto en el art. 17.3 de la Orden IET/786/2013, de 7 de mayo.