Concesión

Convocatoria 2014: Propuesta de Resolución Provisional

Fondo Europeo de desarrollo Regional

Publicación de la propuesta de resolución provisional de la Convocatoria 2014 de ayudas para la realización de proyectos de desarrollo de software orientado al entretenimiento en el marco de la Orden IET/786/2013, de 7 de mayo.

Convocatoria

Resolución de 17 de junio de 2014, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se efectúa la convocatoria de desarrollo de software orientado al entretenimiento para la concesión de ayudas para la realización de proyectos en el marco de la Acción Estratégica de Economía y Sociedad Digital, dentro del Plan de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016. (BOE, 23 de junio del 2014).

Fecha de publicación: 18 de septiembre de 2014

Con la presente publicación, la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, de acuerdo al apartado Decimoquinto de la convocatoria y al artículo 27 de la Orden IET/786/2013, de 7 de mayo, a la vista del Informe de la Comisión de Evaluación, notifica la Propuesta de Resolución Provisional.

Se publican las siguientes listas:

Lista de proyectos con propuesta de resolución provisional estimatoria [PDF] [147 KB]

Lista de proyectos con propuesta de resolución provisional desestimatoria [PDF] [141 KB]

Las entidades cuyos proyectos no se encuentran en ninguna de las listas publicadas, deben entender que sus solicitudes han sido desistidas o inadmitidas.

Los solicitantes pueden acceder a la notificación individual de su expediente a través del registro electrónico del modo previsto en el art. 17.3 de la Orden IET/786/2013, de 7 de mayo.

Aceptación de la ayuda / trámite de audiencia

Las aceptaciones, desistimientos o alegaciones a las propuestas se presentarán con firma electrónica. Para ello deberá acceder a su expediente en el registro electrónico y utilizar el botón "Presentar Documentación", que le permitirá acceder al formulario de aceptación, desistimiento o alegaciones. Desde ahí podrá aportar la documentación requerida.

Si el acceso al registro electrónico lo realiza con certificado digital, tiene que acceder a su expediente a través de la pestaña Expedientes y pulsar en el icono de la lupa que aparece a la derecha del nombre del expediente. Una vez que haya accedido al detalle de su expediente verá el botón "Presentar Documentación".

Instrucciones de aceptación de la ayuda [PDF] [127 KB]

Declaraciones responsables

El formulario de aceptación de los solicitantes de proyectos individuales o coordinadores de proyectos en cooperación incluye todas las declaraciones responsables requeridas para estos beneficiarios. Solamente los participantes en proyectos en cooperación, que no sean el coordinador, deben aportar sus propias declaraciones responsables. Estas declaraciones incluyen la aceptación de la ayuda concedida y deben generarse y enviarse como se indica a continuación:

  1. Utilizando el formulario disponible en el enlace inferior, generar el fichero PDF con el contenido de la declaración y aceptación. Este mismo fichero PDF es el que debe usarse en los pasos siguientes, no debe modificarse ni ser firmado a mano.
  2. Cada participante deberá firmar electrónicamente con la utilidad eCoFirma el fichero PDF correspondiente a su declaración, obteniendo un fichero .XSIG. que debe hacer llegar al coordinador del proyecto.
  3. El coordinador del proyecto en cooperación, al realizar la aceptación, debe adjuntar los ficheros .XSIG del resto de participantes en el proyecto.

Icono de archivoAceptación con Declaración Responsable de Participante en Proyectos de Cooperación (no es necesaria para los solicitantes en proyectos individuales o coordinadores de proyectos en cooperación)

Icono de archivoDeclaración responsable de cumplimiento de obligaciones tributarias

Icono de archivoDeclaración responsable de cumplimiento ante la Seguridad Social

Garantías

Los importes de las garantías a constituir ante la Caja General de Depósitos se indican en las propuestas provisionales. Sin embargo, los resguardos acreditativos de su constitución no deben adjuntarse con la aceptación de la propuesta sino más adelante, según se indica en el apartado Decimoséptimo de la resolución de convocatoria de estas ayudas (para el primer pago, el plazo es de 30 días naturales desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de concesión).